¿Por qué hacienda no me ha devuelto todavía?

¿Por qué Hacienda no me ha devuelto todavía?

«Acabó el plazo para presentar la declaración de la renta el pasado 30 de Junio,me salió a devolver pero…aún no lo he recibido ¿Por qué sucede esto? ¿Es normal?»  Esta pregunta se la hace a menudo el contribuyente cuando cuando le sale una declaración a devolver pero no recibe el ingreso pasado cierto tiempo. Con carácter general, el contribuyente recibe una transferencia en la cuenta bancaria indicada previamente en la declaración, pero no siempre sucede con rapidez.

Esto puede darse por diversas causas pero, lo primero que hay que tener claro es que la devolución no tiene porque ser “inmediata”, es decir, la Agencia Tributaria tiene de plazo hasta el 31 de diciembre para efectuar la devolución, lo que no necesariamente indica que hay errores o problemas. Si la devolución es posterior, es decir, te devuelven pasado el 31 de diciembre, pueden reclamarse intereses de demora.

Cuando esto ocurre, puede deberse a que la Agencia Tributaria retrase el pago porque está revisando tu declaración; esto puede deberse a la inclusión de deducciones que en declaraciones anteriores no existían, o que se hubieran producido cambios en las circunstancias personales del contribuyente que provoquen a su vez cambios en el resultado (por ejemplo, el nacimiento de un hijo o un cambio de residencia), entre otros factores.

¿Puedo consultar el estado de la declaración?

Si tu devolución no llega, puedes consultar el estado de tu declaración a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Así, podremos comprobar si la declaración está “tramitada”, o si por el contrario, tiene incidencias. Son estos los casos, en los que podrían existir discrepancias entre lo declarado por el contribuyente y los datos que maneje o interprete la Agencia Tributaria.

Del mismo modo, siempre podemos ponernos en contacto con Hacienda e intentar que nos den alguna información adicional; no obstante, en cualquiera de los casos, la Agencia Tributaria no tiene obligación de efectuar la devolución antes del 31 de diciembre, y si lo hiciera con posterioridad, devengará intereses de demora.