¿Sabes si estás obligado a presentar la Declaración de IRPF? (I)
El pasado 2 de abril arrancó a la “Campaña de Renta 2018”. A grandes rasgos, todos sabemos más o menos lo que eso significa: hay que rendir cuentas con Hacienda. Pero, ¿sabes si estás obligado a presentar la declaración de la renta? Repasamos algunas cuestiones:
La Ley 35/2006, de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en su artículo 8, define el concepto de contribuyente por el IRPF y lo divide en 3 grupos.
¿En que grupos distingue la ley los tipos de contribuyentes?
En primer lugar, el grupo más habitual, las personas físicas residentes en España. Aquí viene la primera pega. ¿Sabes si eres residente fiscal en España? Muchas personas saben que para ser considerado residente en España debes pasar aquí al menos 183 días durante el año natural. Pero esta no es la única opción para ser considerado residente, pues también serás considerado residente en territorio español si:
- Radica en España el núcleo principal de tu actividad o tus intereses económicos, bien sea de forma directa o indirecta.
- Tu cónyuge y los hijos menores que dependan de ti, tienen su residencia habitual en España.
Un segundo grupo serían las personas físicas cuya residencia habitual sea en el extranjero, pero estén incluidos en alguno de los siguientes supuestos:
a) Miembros de misiones diplomáticas españolas.
b) Miembros de las oficinas consulares españolas.
c) Titulares de cargo o empleo oficial del Estado español.
d) Funcionarios en activo que ejerzan en el extranjero cargo.
Para terminar, en el último grupo se engloban aquellas personas físicas de nacionalidad española pero que su nueva residencia fiscal sea en un territorio considerado como paraíso fiscal. Estas personas no perderán su consideración como residente fiscal en España y, por tanto, como contribuyente del IRPF, ni en el período impositivo en el que se produzca el cambio de residencia ni los cuatro siguientes.
No obstante a lo anterior, una cosa es ser contribuyente por IRPF y otro tema es estar obligado a presentar la declaración. Por tanto, ahora que sabes que eres contribuyente del IRPF (o no), estarás obligado a presentar la declaración si:
- Obtienes rentas que superen ciertas cuantías según la fuente de la que provienen, de acuerdo con lo que establece el artículo 96 de la Ley del IRPF. (Puedes obtener más información aquí).
- Independientemente de las rentas que obtengas, ejerces una serie de derechos, como pueden ser la aplicación del régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda habitual o la deducción por doble imposición internacional, entre otros.
- No estando obligado a presentar la autoliquidación del IRPF según la cuantía y naturaleza de las rentas obtenidas, solicitas algún tipo de devolución en virtud a la normativa reguladora del propio impuesto.